SANTO DOMINGO. La empresa Nordeste Béisbol Club solicitó a
la jueza de la Segunda Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de
Primera Instancia del Distrito Nacional, Daisy Abreu, ordenar a la Liga de
Béisbol Profesional de la República Dominicana (Lidom) restituirla como
operadora de la franquicia del equipo Gigantes del Cibao, posición que ha
ostentado desde el 25 de mayo de 1995.
En una acción de amparo, también pide ordenar a los
hermanos Samir y Héctor José Rizek, a título personal, y como representantes de
las empresas Skanuss Consulting, SRL, abstenerse de hacer uso, beneficiarse,
prevalerse o derivar consecuencias de hecho o derecho con respecto a la
resolución del presidente de Lidom, Leonardo Matos Berrido, del 6 de junio
pasado.
Mediante la misma, dispone que Lidom maneje directamente
la franquicia Gigantes del Cibao, “hasta la completa superación de la situación
que motiva esta decisión, a partir de esta misma fecha”.
Asimismo, que Nordeste Béisbol Club cumplirá las
obligaciones que le impone el artículo primero del Reglamento vigente,
“entregando a la Liga los fondos necesarios para la operación del equipo
Gigantes del Cibao, en el momento en que sean requeridos”.
En el amparo, los abogados de la parte accionante, Olivo
Rodríguez Huertas y Reynaldo Ramos Morel, solicitan al tribunal la imposición
de un astreinte de RD$150,000 por cada día de retraso en el cumplimiento de lo
ordenado.
Asimismo, acoger el amparo a los fines de restaurar el derecho
fundamental conculcado, haciendo cesar amenaza que pueda pender para su pleno
goce y ejercicio.
El presidente de Lidom tomó la resolución, según indica,
ante los precarios motivos que da en la misma, frente a “rumores de una
supuesta difícil situación de la empresa concesionaria de la franquicia, a la
que se le ha requerido sin éxito la lista actual de accionistas de la compañía
y la composición de su directiva, así como los estados financieros del último
ejercicio fiscal y las proyecciones para el campeonato que habrá de iniciarse
en octubre próximo”.
Observa que esa decisión omite tomar en consideración el
hecho de que Nordeste Béisbol Club había presentado a Lidom una garantía de
fiel cumplimiento por un monto de RD$20 millones, el 14 de mayo pasado, con
fecha de vencimiento del 30 de enero del 2014, cuando termina la próxima
temporada de béisbol.
Cree que el presidente de Lidom ha pretendido sustentarse
en las responsabilidades, que según su parecer, establecen los artículos 27 de
los Estatutos y primero del Reglamento.
Los argumentos
Los accionantes en amparo exponen que el examen de los
motivos dados por el presidente de Lidom ponen de relieve “que se trata de una
decisión artera, tomada en base a pretendidos rumores, a hechos supuestos, sin
dar oportunidad a la accionante Nordeste Béisbol Club S.A., de ejercer su
derecho fundamental a defenderse ante una decisión que la lesiona y la
restringe en su condición de operadora de la franquicia Gigantes del Cibao”.
Sostiene que se hizo sin observar el procedimiento previsto por el artículo 12
de los Estatutos de la Lidom.
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