DIVISIÓN. VALIDA
SENTENCIA QUE DECLARÓ NULA CONVOCATORIA COMISIÓN POLÍTICA
Wanda Méndez y
Adriana Peguero
Santo Domingo El Tribunal Constitucional rechazó un
recurso de revisión incoado por el expresidente Hipólito Mejía y otros
dirigentes del PRD, en contra de la sentencia número 025-2012 emitida por el
Tribunal Superior Electoral (TSE), el 27 de junio del año 2012.
Mediante la sentencia impugnada, el TSE declaró la nulidad
de la convocatoria a la Comisión Política del primero de junio del 2012, hecha
por Mejía y otros miembros de esa organización política, y sin ningún efecto ni
valor jurídico las decisiones adoptadas.
Con esa sentencia, el TSE acogió una demanda en nulidad
interpuesta por el presidente del PRD, Miguel Vargas, contra la convocatoria a
esa reunión hecha por algunos miembros del PRD, encabezados por el expresidente
de la República.
Por tal razón, Mejía sometió un recurso de revisión
constitucional ante el TC, buscando que fuera anulada la sentencia del TSE. El TC estableció que al dictar la sentencia,
el TSE no ha limitado el derecho de los recurrentes al libre ejercicio de las
garantías del debido proceso previstas en el artículo 69 de la Constitución y
en los estándares establecidos por el sistema interamericano de protección.
Con relación a la alegada violación de los derechos a la
legalidad, a la seguridad jurídica y libertad de organización de los partidos
políticos, el TC determinó que no han sido vulnerados por la decisión dictada
por el TSE con la interpretación del texto de los aludidos estatutos.
“En consecuencia, el tribunal no ha comprobado las
violaciones invocadas por los recurrentes, por lo que procede rechazar el
recurso de revisión constitucional”, precisa la sentencia número 06/14 publicada
ayer.
La decisión fue adoptada por la mayoría requerida. Se
inhibieron de forma voluntaria los
magistrados Jottin Cury y Víctor Gómez Bergés, mientras que la magistrada Katia
Miguelina Jiménez emitió un voto particular.
Fortalece democracia
Mientras el abogado Eduardo Jorge Prats, seguidor de
Vargas, consideró que la sentencia del TC “robustece el debido proceso y da
sostenibilidad al sisterma de partidos politicos, soporte de la democracia
dominicana”.
“Esta sentencia del Tribunal Constitucional defiende la
facultad jurisdiccional del Tribunal Superior Electoral para interpretar las
normas, con lo que fortalece el sistema de partidos politicos y en consecuencia
nuestra institucionalidad democrática”, dijo el especialista constitucional.
Listin Diario.
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