Por Francis Frías
Nagua, República Dominicana. – La entrega de Julio Francisco Núñez Villa a las autoridades policiales de la provincia María Trinidad Sánchez abrió la primera gran interrogante de un caso que mantiene en vilo a la comunidad: ¿Dónde está el arma homicida?
Anoche, al
momento de ser recibido por el Departamento de Investigaciones Criminales
(DICRIM), la primera pregunta del encargado de dicha división, el coronel
Céspedes Robles, fue directa y contundente: “¿Dónde está el revólver?”.
La búsqueda en
Telanza: Una mochila que se esfumó
Núñez Villa,
acusado de haber segado la vida del agente policial Gerson Núñez el pasado
domingo en una banca de apuestas y juegos electrónicos, confesó inicialmente a
los investigadores que el arma se encontraba en una finca de la comunidad de
Telanza. Según su versión, la había dejado guardada dentro de una mochila,
justo encima de la motocicleta en la que se desplazaba.
De inmediato,
el comandante del DICRIM ordenó el despliegue de una patrulla hacia el lugar,
la cual estuvo acompañada por el secretario general del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Prensa (SNTP), filial María Trinidad Sánchez-Samaná, para
garantizar la transparencia del proceso.
El trayecto
estuvo marcado por la tensión y las quejas de algunos agentes sobre la lejanía
y la densa oscuridad de la zona. Sin embargo, la verdadera sorpresa llegó al
alcanzar el punto indicado: la motocicleta estaba allí, pero la mochila con el
revólver y la ropa del imputado había desaparecido.
El peso de la
ley: ¿Es indispensable el arma para una condena?
En el ámbito
judicial dominicano, existe una falsa creencia de que sin el cuerpo del delito
(en este caso, el arma) no hay condena. Sin embargo, el ordenamiento jurídico
de la República Dominicana es claro: la ausencia del arma homicida no frena la
acusación del Ministerio Público ni impide que los jueces dicten una sentencia
condenatoria.
El proceso
penal se sostiene sobre pilares fundamentales que el DICRIM y la fiscalía
deberán articular con precisión:
Libertad
Probatoria: Conforme al Código Procesal Penal Dominicano, un crimen puede
demostrarse mediante un conjunto coherente de evidencias. En este caso, el
Ministerio Público cuenta con testimonios y múltiples grabaciones de cámaras de
seguridad que captaron el hecho. Asimismo, se espera el levantamiento de
huellas dactilares y ADN en la escena (particularmente en los puntos de acceso
de la banca de apuestas).
El Rigor del
Informe Forense: La autopsia realizada por el Instituto Nacional de Ciencias
Forenses (INACIF) es una pieza científica irrefutable. Los peritos determinarán
la causa de la muerte, la trayectoria de la bala y las características del
impacto, lo que vincula directamente el deceso con un disparo de arma de fuego.
Delito Conexo
por Ocultamiento: El hecho de haber hecho desaparecer el revólver no exime al
imputado; al contrario, la investigación determinará si se deshizo de ella
deliberadamente, lo que podría sumarle cargos por porte y tenencia ilegal de
armas de fuego y obstrucción a la justicia.
El marco
penal: De lograrse una coherencia probatoria más allá de toda duda razonable,
los tribunales dominicanos contemplan penas que oscilan entre los 10 y 30 años
de prisión (o más, dependiendo de la calificación jurídica final de homicidio
voluntario o asesinato).
Una respuesta
que la sociedad exige
Más allá del
tecnicismo legal que permite juzgar al imputado sin el artefacto, queda en el
aire una seria responsabilidad para las autoridades. El DICRIM y el Ministerio
Público no solo deben armar el expediente, sino que tienen la obligación de
esclarecer el origen de esa arma.
¿De quién era
ese revólver? ¿Fue comprado en el mercado negro, fue prestado o robado? La
población de Nagua espera respuestas claras. El imputado ya está en manos de la
justicia, pero la pregunta sigue flotando en el ambiente: ¿Dónde está el
revólver? Esa es la tarea del DICRIM.

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