Por Ramón Mercedes
NUEVA YORK.- Propietarios de negocios y súper de edificios en esta ciudad que son dominicanos deben recordar que la ley establece multas por no remover la nieve frente a los edificios, indica la organización “Prensa & Comunidad Hispana (PreCoHis)”.
Las
leyes neoyorquinas establecen que los propietarios son responsables de la
remoción de nieve dentro de las 24 horas de la precipitación, recuerda la
entidad con su lema “Luchando por el Interés Colectivo Hispano”, y es dirigida
por el autor de esta crónica.
El
Código Administrativo de la urbe establece que los propietarios, arrendatarios,
inquilinos y cualquier otra persona a cargo de un lote o edificio deben limpiar
la nieve y el hielo delante del sitio, a un lado y en la parte posterior de las
propiedades.
Cuando
la tormenta se registra entre las 7:00 de la mañana y 4:49 de la tarde, se
debes limpiar dentro de las cuatro horas desde el inicio de la caída de nieve.
Cuando
cae entre las 5:00 de la tarde y 8:59 de la noche, se debes limpiar dentro de
las 14 horas desde el inicio de la caída de nieve.
Por
ejemplo, si la nieve deja de caer a las 7:00 de la noche, el propietario,
arrendatario o inquilino tiene hasta las 9:00 de la mañana del día siguiente
para limpiar.
Cuando
la tormenta se registra entre las 9:00 de la noche y 6:59 de la mañana, se
debes limpiar antes de las 11:00 de la mañana.
Por
no limpiar la nieve, las multas van desde $100 dólares a $150 por la primera
ofensa; de $150 a $350 por la segunda; y $250 a $350 por la tercera ofensa y
subsiguiente, precisa PreCoHis.
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