SANTO DOMINGO (República Dominicana). – La Unidad de Prevención y Persecución de la Violencia de Género del Distrito Nacional informó que este jueves 18 se le conocerá medida de coerción al exdirigente político Luis Inchausti Rivera, acusado de violencia física, verbal y psicológica en contra de una expareja.
La
magistrada Belkis René Rodríguez, coordinadora de la citada unidad, informó que
debido a que actualmente Inchausti Rivera es positivo a la COVID-19, fue
trasladado al Batey Bienvenido, donde puede permanecer en aislamiento y bajo el
seguimiento médico necesario.
Rodríguez
explicó que el Ministerio Público solicita prisión preventiva para el imputado,
ya que no ofrece garantía para presentarse a los actos del procedimiento y
someterse a estos y es reincidente en la comisión de delitos de violencia de
género.
El
exdirector de los Programas de Empleos Mínimos Eventuales (PEME) y la mujer
víctima de la agresión mantuvieron una relación por casi siete años, tiempo en
el que procrearon una hija que ahora tiene siete años de edad.
Además
de prisión preventiva, el órgano persecutor solicitará a la Oficina Judicial de
Servicios de Atención Permanente del Distrito Nacional autorizar conversar con
la niña a través del centro de entrevistas para personas en condición de
vulnerabilidad, víctimas o testigo de delitos a través de circuito cerrado de
televisión, Cámara Gesell u otro medio tecnológico.
Según
el expediente presentado por el fiscal Héctor Enrique Sánchez Castillo,
representante del Ministerio Público, el imputado Luis Inchausti Rivera agredió
verbal, física y psicológicamente a la víctima en presencia de la hija de
ambos.Testigos relataron al Ministerio Público que el hecho ocurrió a las 4:00
de la tarde del sábado 13 de febrero en una calle del sector de Piantini, del
Distrito Nacional.
Entre
los declarantes se encuentra la hija mayor de la víctima, quien aseguró que no es
la primera vez que Inchausti Rivera abusa contra su expareja. “En mayo de 2018 la agredió físicamente
tomándola por los cabellos y estrellándola contra la pared”, declaró al
Ministerio Público.
A
este hecho, el órgano de la persecución penal le ha otorgado la calificación
jurídica de violación a los artículos 309-1 309-2 y 309-3 literal (d) y (e) del
Código Penal Dominicano, modificado por la Ley 24-97, sobre Violencia
Intrafamiliar y de Género.
Dirección
de Comunicación y Prensa/Procuraduría General-Ministerio Público RD
Miércoles
, 17 de febrero de 2021.
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