DISTRITO NACIONAL. La
Procuraduría General de la República informó que se dispuso la cancelación de
la fiscalizadora del municipio de Higüey, Elizabeth Rijo, luego de confirmarse
que protagonizara una agresión física contra una conserje de la institución.
La denuncia de la agresión
fue recibida a través de diversos medios, y de inmediato el procurador general
instruyó a la Inspectoría General del Ministerio Público para que realizara una
investigación al respecto y entregara un informe cuanto antes.
Una comisión encabezada
por el procurador general adjunto, Bolívar Sánchez, el magistrado Domingo
Cabrera y la magistrada Miriam Cordones, practicaron entrevistas e
interrogatorios a varios miembros del Ministerio Público incluyendo testigos y
a las involucradas en el incidente, tras lo cual se comprobó la veracidad de la
agresión contra la señora Juana Dilia Paniagua Hidalgo.
En ese sentido, el jefe
del Ministerio Público, Jean Rodríguez aseguró que bajo ninguna circunstancia
permitirá que servidores del Ministerio Público se vean involucrados en hechos
que atenten contra la moral y las buenas formas en el ejercicio de sus
funciones, y mucho menos que se produzcan agresiones físicas entre miembros de
la misma organización.
“Es inaceptable este tipo
de conductas en donde ha sido afectada una conserje de nuestra institución,
víctima del abuso de poder de quien como superiora inmediata, debía ser el
ejemplo de un accionar basado en el respeto mutuo, apegada a las normas que
rigen a todo servidor público. No podemos ser indiferentes ante esta lamentable
y deplorable acción. Quien no respete a sus compañeros de labores, tampoco
respetará a los usuarios que acuden diariamente en busca de apoyo y asistencia
por parte del Ministerio Público y bajo ninguna circunstancia estas conductas
encontrarán impunidad ni respaldo en nuestra gestión”, expresó Jean Rodríguez a
través de un comunicado de prensa.
La desvinculación de
Elizabeth Rijo se realiza de forma administrativa, considerando las
recomendaciones del informe presentado por la Inspectoría General, en donde se
estableció la veracidad de la agresión denunciada, el cual indica, además, que
Elizabeth Rijo violentó el artículo 92 numeral 8 de la Ley Orgánica del MP (Ley
133-11), que típica como “falta grave incurrir en conducta inmoral en el
trabajo o en algún acto que afecte gravemente al Ministerio Público”, así como
la Ley 4108 sobre Función Pública, que en su artículo 84 numero 4, que expresa
“incurrir en falta de probidad, vía de hechos, injuria, difamación o conducta
inmoral en el trabajo, o realizar algún acto lesivo al buen nombre del Estado o
algunos de sus órganos o entidades.
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