LOS
ARTÍCULOS PREVIAMENTE FUERON DECLARADOS INCONSTITUCIONALES POR EL ALTO TRIBUNAL
Néstor
Medrano/Listin Diario
Santo Domingo.- El
Tribunal Constitucional declaró la inconstitucionalidad y anuló los artículos
30,31,34,37,46,47 y 48, de la Ley 6132 sobre Expresión y Difusión del
pensamiento, que postulan entre otros aspectos un sistema de sanciones penales
en los denominados delitos contra el honor.
La petición fue hecha en
el 25 de febrero de 2013 con un recurso
de inconstitucionalidad incoado por la Fundación Prensa y Derecho y los
periodistas Miguel Franjul, director de Listín Diario, Osvaldo Santana, de El
Caribe y Rafael Molina Morillo del matutino El Día.
En su resolución
TC012013-0009, esa alta corte declaró “no conformes con la Constitución de la
República los artículos 30, 31 ,34, 37, 46, 47, 48 de la Ley Sobre Expresión y
Difusión del Pensamiento por violentar el artículo 13 de la Convención
Interamericana de los Derechos Humanos en aplicación de los artículos 26.1 y
74.3 de la Carta Magna”.
Asimismo, declaró la
nulidad de los artículos 30, 31, 34, 37, 46, 47 y 48 de la Ley 6132, sobre
Expresión y Difusión del Pensamiento, “por los motivos antes expuestos”.
La Fundación Prensa y
Derecho, Miguel Antonio Franjul Bucarelli, Rafael Osvaldo Santana Santana, y el
doctor Rafael Molina Morillo, mediante instancia regularmente recibida el
veinticinco de febrero de 2013, interpusieron ante el Tribunal Constitucional
una acción de inconstitucionalidad contra los artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35,
39, 40, 46, 47, 48 de la Ley núm. 6132, sobre Expresión y Difusión del
Pensamiento, así como contra los artículos 368, 369, 370, 371 y 372 del Código
Penal dominicano, con la finalidad de que se decretara la inconstitucionalidad
de los referidos textos legales por alegada violación a los artículos 6, 7, 38,
40 numeral 8; 40 numeral 14, 49, y 74 numeral 3 de la Constitución de la
República.
En la ocasión la Sociedad
Dominicana de Diarios, publicó una petición dirigida a los magistrados del
Constitucional para que eliminen, “en un tiempo razonable”, 11 artículos de la
Ley 6132 de Expresión y Difusión del Pensamiento y cinco del Código Penal, a los
que consideran que no son compatibles con la Constitución dominicana y la
Convención Interamericana de Derechos Humanos. Asimismo, el director del Listín
Diario y vicepresidente regional de la Sociedad Interamericana de Prensa (SIP)
para la República Dominicana, Miguel Franjul, cree que el Tribunal
Constitucional declarará inconstitucionales las normas que criminalizan los
delitos de difamación.
En la acción de
inconstitucionalidad, establecieron que el sistema de responsabilidad penal por
el hecho de otro que contemplan los artículos 46, 47 y 48 de la Ley 6132
quebranta el principio de supremacía constitucional enunciado en el artículo 6
de la Carta Magna y la Convención Interamericana de los Derechos Humanos.
Señalaban, además, que la
existencia de penas privativas de libertad para quienes puedan incurrir en los
supuestos delitos de difamación e injuria, constituye una “mordaza”, un “amedrentamiento”
y una “espada de Damocles”.
“Esta es una situación que
crea un clima de opacidad en la vida pública y de falta de transparencia de los
actores del sistema político, lo cual se traduce en un ambiente propicio para
la corrupción administrativa.
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