SANTO DOMINGO, República Dominicana.- Mas que invasión de terreno privado en lo que incurrió el diputado Juan Hubieres en la disputa de los terrenos de Altos de Brisas del Este en municipio Santo Domingo Este fue en un acto de pillaje, tipificado en el Código Penal como una acción criminal.
Es la respuesta que ofreció el especialista en Derecho Penal, y subsecretario de Asuntos Jurídicos del PLD, John Garrido, quien expresó que dicho funcionario legislativo se puso a la cabeza de lo que el código penal llama” bandas armadas o gavillas”, con la intención de invadir propiedades públicas para repartirlas entre ciudadanos.
“El crimen cometido por el diputado perredeísta y empresario no es el de invasión ilegal de terreno, como le han querido llamarle a este hecho antisocial, sino que lo cometido por el funcionario legislativo es un acto de pillaje”, respondió Garrido a la pregunta periodística sobre el tema.
Sus aclaraciones, la precisa el equipo de Prensa del PLD en un parte de su Secretaría de Comunicaciones, anotan que “el pillaje” cometido por el diputado del PRD es un crimen penal que atenta contra la seguridad interior del Estado el cual se es señalado también como un crimen contra la cosa pública.
Señala John Garrido que el crimen de pillaje cometido por el Diputado perredeista Juan Hubieres, se castiga con la pena de 20 anos, ya que tiene la agravante de que él es un funcionario público y encabezó la gavilla.
“El código penal en su artículo 96 define y sanciona este crimen” respondió el jurista y dirigente político la pregunta sobre el tema.
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