
La mañana de este lunes el magistrado Roberto Rosario informó que el tribunal de comicios descubrió que entre los inscritos por los partidos hay, por lo menos, diez aspirantes a diputados que aún no cumplen los 25 años de edad
Lissette Rojas / Clave Digital
SANTO DOMINGO, República Dominicana.- El de hoy ha sido un día de trabajo continuo para el Pleno de la Junta Central Electoral, que desde hace más de nueve horas pondera la aprobación o el rechazo de cientos de candidaturas inscritas en ese organismo por los partidos que participarán en las próximas elecciones municipales y congresuales.
Al margen de las impugnaciones y reparos de los dirigentes de los partidos, un nuevo dilema surgió la madrugada de ayer ante el Pleno. La mañana de este lunes el magistrado Roberto Rosario informó en el programa “Hoy Mismo” que el tribunal de comicios descubrió que entre los inscritos por los partidos hay, por lo menos, diez aspirantes a diputados que aún no cumplen los 25 años de edad, un requisito constitucional para competir por un escaño en la Cámara Baja.
De acuerdo con una fuente, la mayoría de los jóvenes candidatos a diputados son hijos o tienen algún grado de parentesco con altos dirigentes de los partidos mayoritarios que pretenden legar en ellos sus deseos de poder. La excepción, dice, la constituyen los muchachos de la clase baja y media que creen sinceramente que pueden ayudar a mejorar el país.
La nueva Constitución de la República establece, en su artículo 82, que para ser diputada o diputado se requiere ser dominicana o dominicano en pleno ejercicio de los derechos civiles y políticos, haber cumplido veinticinco años de edad, ser nativo de la demarcación territorial que lo elija o haber residido en ella por lo menos cinco años consecutivos.
No obstante, la Carta Magna proclamada el 26 de enero pasado también puntualiza que elegir y ser elegidos es un derecho de los ciudadanos y ciudadanas, entendidos como aquellos dominicanos que hayan cumplido los 18 años de edad o hayan estado casados, aunque no hayan cumplido la mayoría de edad (artículo 22).
Los candidatos a diputados menores de 25 años dependen de la decisión que, esta noche o entrada la madrugada, emitan los jueces del pleno bajo el amparo del artículo 73, sobre Conocimiento y Decisión de la Ley Electoral 275-97.
De acuerdo con esto: “La junta electoral a la cual haya sido sometida una propuesta de candidatos deberá reunirse dentro de los cinco (5) días que sigan a su presentación y declarada admitida, cuando compruebe que se ajusta a todas las disposiciones pertinentes de la Constitución y de las leyes. En caso contrario, la rechazará”.
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