Santo Domingo, 2 junio 2026, (EFE).- El Senado aprobó este martes en segunda discusión el proyecto de modifica la ley de partidos 33-18 y establece, entre otras medidas, que los candidatos se sometan a pruebas antidopaje, que presenten documentos de no antecedentes penales, además de permitir la verificación de sus informaciones patrimoniales y financieras.
La iniciativa
modifica más de una veintena de disposiciones de la legislación vigente e
introduce conceptos propios de los sistemas de prevención de lavado de activos,
trasladando a los partidos obligaciones similares a las que actualmente aplican
entidades financieras y sectores regulados, destacó el Senado en su página web.
PARTIDOS
VERIFICARAN ORIGEN RECURSOS CANDIDATOS
Uno de los
aspectos más novedosos del proyecto es la creación de procedimientos
obligatorios de “debida diligencia”, mediante los cuales los partidos deberán
verificar antecedentes, actividades económicas y origen de recursos de
precandidatos, candidatos, dirigentes y donantes.
La propuesta
establece que los partidos tendrán que implementar programas internos de
cumplimiento normativo, conocidos internacionalmente como ‘compliance’,
destinados a prevenir la penetración del crimen organizado y el uso de recursos
ilícitos en actividades políticas.
Asimismo, cada
organización deberá designar un oficial o una unidad de cumplimiento encargada
de supervisar esos controles, verificar informaciones y reportar operaciones
sospechosas cuando corresponda.
EXCLUSION POR
OCULTAR O FALSIFICAR DOCUMENTOS
El proyecto
incorpora requisitos adicionales para quienes aspiren a una candidatura, entre
ellos, la presentación de una declaración jurada de patrimonio correspondiente
a los tres años previos a la postulación o, en su defecto, una certificación de
cumplimiento fiscal emitida por la Dirección General de Impuestos Internos
(DGII).
Otro elemento
relevante es que los partidos quedarían facultados para declarar inadmisibles o
excluir aspirantes cuando detecten falsedad documental, ocultamiento de
información importante o incumplimiento de los requisitos de integridad
establecidos por la ley.
SUSTITUIDOS SI
SE COMPRUEBA FALSEDAD
Sin embargo,
el texto obliga a respetar garantías mínimas del debido proceso, incluyendo
notificación, derecho de defensa, presentación de pruebas y posibilidad de
recurrir las decisiones ante las instancias partidarias y posteriormente ante
el Tribunal Superior Electoral.
Incluso, una
candidatura ya escogida, podría ser sustituida si se comprueba que el candidato
presentó información falsa o incumple las condiciones de integridad exigidas
por la normativa.

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