Se “resolverá el empate por la suerte”
Las elecciones
municipales de este año dejaron muchas victorias holgadas para el Partido
Revolucionario Moderno (PRM), mientras que en otras localidades la competencia
fue mucho más reñida.
Tal es el caso del municipio de Cabrera, en la que los candidatos del Partido Revolucionario Moderno, Marlon Arias, y Gabi Fernández, la Fuerza del Pueblo obtuvieron 4001 votos cada uno .
Situaciones
como esta no son usuales, por lo que surge la pregunta, ¿qué pasa cuando hay
empates en elecciones?.
La respuesta
yace en el artículo 163 de la Ley Electoral de la República Dominicana, donde
se estipula que estos casos se “resolverá el empate por la suerte”.
De acuerdo con
la referida Ley el procedimiento será el siguiente: se escribirán los nombres
de los candidatos en tarjetas. Luego el presidente de la junta electoral de
Cabrera, frente a sus colegas (menos el secretario) y representantes de los
partidos de los candidatos, colocará las tarjetas en sobres iguales.
Acto seguido,
se entrarán los sobres en un recipiente, con los vocales revolviendo los
sobres, de manera individual y frente al presidente.
“Artículo
163.- EMPATE. Cuando dos o más candidatos a un mismo cargo
obtuvieren igual número de votos, se resolverá el empate por la suerte, del
modo siguiente: Se inscribirán en tarjetas distintas los nombres de los
candidatos empatados. El presidente de la junta electoral correspondiente, en
presencia de los miembros de ésta y de los representantes de agrupaciones o
partidos políticos que hubieren sustentado candidaturas, pero no del
secretario, colocará una de las tarjetas dentro de un sobre blanco que cerrará.
Tanto los sobres como las tarjetas serán de clase, forma y aspecto iguales.
Acto continuo, el presidente colocará los sobres así dispuestos dentro de un
receptáculo, y cada uno de los vocales de la junta, sucesivamente, a la vista
del presidente, pero no de los demás vocales, revolverá dichos sobres dentro
del receptáculo. En seguida, el secretario, en presencia de la junta, sacará un
sobre, y el nombre que éste contenga, y que será leído de inmediato en alta voz
por el presidente de la junta, será el candidato elegido”.
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