MEDIDAS
PREVENTIVAS GENERALES
1.
Se mantiene la campaña informativa para todos los servidores judiciales sobre
prevención e información de las autoridades de salud, locales e
internacionales, las cuales están siendo ejecutadas a través de comunicación
interna y otros medios.
2.
Se mantienen las medidas de limpieza e higiene en todas las sedes abiertas del
Poder Judicial.
3.
Se reitera que los/las servidores/as con síntomas de fiebre o malestar de gripe
deben comunicarse con su supervisor/a y mantenerse en su vivienda.
4.
Se reitera que los/las servidores/as que hayan viajado fuera del país o hayan estado
en zonas afectadas deben permanecer en sus hogares por 14 días, durante el
período de incubación, hasta validar que no presenten síntomas de COVID-19, con
la autorización de su supervisor/a directo/a mediante la plataforma de gestión
humana digital.
5.
Se mantiene la suspensión de los viajes y reuniones grupales presenciales y se
fomenta el uso de reuniones virtuales, asi como de manera general, el trabajo a
distancia, siempre que aplique.
6.
Se mantiene la posposición indefinida de las visitas guiadas a estudiantes en
las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia y demás sedes del Poder Judicial.
7.
Se mantiene la posposición de manera indefinida de los eventos multitudinarios,
entre los que se incluyen los actos de Juramentación de abogados y abogadas.
MEDIDAS
PARA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS TRIBUNALES
8.
Las juezas y jueces suspenderán las audiencias fijadas a partir del jueves19 de
marzo, reiniciando el lunes 13 de abril de 2020.
9.
En cuanto a los procesos penales iniciados, tanto en la jurisdicción ordinaria
como lo relativo a Niños, Niñas y Adolescentes, las juezas y jueces deben tomar
las acciones pertinentes para garantizar los principios de inmediación y de
interés superior del niño, niña o adolescente, tal como se establece en los
artículos 307 y 317 del Código Procesal Penal y en la Ley 136-03, Código para
la protección de los derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes de la
República Dominicana.
10.
Se mantienen en funcionamiento las oficinas de Servicios de Atención Permanente
de la Jurisdicción Penal, de acuerdo a lo establecido en la Resolución núm.
1733-2005, Reglamento para el Funcionamiento de la Oficina Judicial de
Servicios de Atención Permanente de la Jurisdicción Penal, así como en los
casos de urgencia tendentes a la protección de derechos fundamentales. Las
audiencias celebradas en este período deberán realizarse en las salas de mayor
amplitud de la sede judicial correspondiente. Esto con la finalidad de mantener
la mayor distancia posible entre los asistentes y minimizar el riesgo de
contagio.
11.
El personal que estará prestando el servicio a las personas usuarias será
dotado de los mecanismos e instrumentos para su debida protección.
12.
En virtud de las disposiciones legales vigentes, se mantiene en los tribunales
y los órganos administrativos la recepción de documentos con el personal mínimo
requerido para la prestación del servicio.
13.En
el ámbito nacional, los Jueces y Juezas Coordinadores con el apoyo de los y las
Presidentes de Cortes de Apelación o equivalentes, coordinarán la ejecución de
estas medidas, garantizando que se mantenga el servicio de administración de
justicia de acuerdo con lo legalmente establecido; de manera especial en lo que
se refiere a los referimientos, medidas cautelares y otras medidas urgentes.
MEDIDAS
ADMINISTRATIVAS Y DEL PERSONAL
l4.
En todo el Poder Judicial, los servidores(as) judiciales que tengan 60 años
edad o más, o con alguna condición especial de salud como diabetes,
hipertensión, inmunodeprimidos, enfermedades cardiovasculares o respiratorias,
así como las embarazadas y lactantes, deberán permanecer en sus hogares hasta
que cambien las condiciones actuales.
15.
Desde el jueves 19 de marzo, hasta el lunes 13 de abril del presente año, solo
prestaran servicios en las sedes judiciales los jueces/juezas y servidores
judiciales que estén cubriendo los turnos de atención permanente o que sean
requeridos por la coordinación del departamento judicial.
16.
Asistirán en horario habitual de 7:30 am a 4:30 pm de lunes a viernes, los
Secretarios Generales, Directores Generales, Directores de área, Gerentes,
Encargados, Coordinadores, así como los miembros de sus equipos de trabajo que
sean indispensables para mantener la operación mínima requerida, tomando en
cuenta las previsiones de lugar, anteriormente indicadas.
17.
El personal que se encuentre en sus casas debe mantenerse disponible para las
necesidades del servicio. En ese sentido, se instruye a los supervisores y
supervisoras a evaluar las posiciones que puedan ejecutar el trabajo de manera
remoto, y se les autoriza a tomar las medidas de prevención correspondientes.
18.
Las sedes judiciales estarán abiertas estrictamente en los horarios de 7:30 am
a 4:30 pm con el fin de restringir el flujo y asegurar el debido mantenimiento
y limpieza de las áreas, salvo el servicio de atención permanente.
19.
La Dirección de Protección Judicial del Poder Judicial garantizará las medidas
de acceso y horarios establecidos.
JURISDICCIÓN
INMOBILIARIA
20.
Se mantiene en los órganos administrativos de la Jurisdicción Inmobiliaria la
recepción de trámites y entrega de productos, con el personal mínimo requerido
para la prestación del servicio.
21.
En cuanto a sus labores administrativas, cumplirán las medidas previstas en
este plan que les sean aplicables.
ESCUELA
NACIONAL DE LA JUDICATURA
22.
La Escuela Nacional de la Judicatura mantendrá toda su agenda de formación y
capacitación por la vía virtual.
23.
En cuanto a sus labores administrativas, cumplirán las medidas previstas este
plan que les sean aplicables.
MECANISMO
DE COMUNICACIÓN
24.
Para reportar casos o solicitar información, los servidores judiciales tienen a
la disposición la herramienta "Gestión Humana Digital" y la vía
telefónica a través del (809) 533-3191, extensiones 3373, 3318 y 3260, en
horario de7:30 am a 4:30 pm. De igual forma, se pueden comunicar a la línea
gratuita*462 (*GOB) del Ministerio de Salud Pública (MSP).
25.
Las personas usuarias del servicio de administración de justicia pueden obtener
información a través del correo electrónico: info@poderiudicial.gob.do. Así
como la página web institucional y las redes sociales del Poder Judicial.
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