Por: Hoy
Para el abogado Félix Portes, reconocido por pertenecer a la defensa de
casos penales trascendentales, la decisión de liberar al cantante urbano
Antonio Peter de la Rosa a razón de un recurso de Habeas Curpus, podría
constituirse en el adefesio “esperpento” jurídico de la década en el país.
Portes, reconocido por su integración a la barra de la defensa de casos
trascendentales en el país, fundamentó su opinión en el hecho de que la prisión
que guardaba Omega se fundamenta en una decisión de un juez de la Ejecución de
la Pena, quien en virtud del artículo 341 del Código Procesal Penal revocó la
suspensión de la misma y obligó al cumplimiento íntegro de la sentencia de
cinco años previamente impuesta.
En sendos mensajes a través de su cuenta en la red social Twitter, el
abogado dijo que con esto no quiere decir que no esté de acuerdo con la
libertad otorgada al cantante por la Primera Sala Penal de la provincia Santo
Domingo, sino que se basa en lo establecido en la ley.
“Aclaro, que mis tuits de manera alguna significan que NO esté de acuerdo a
que se le otorgue la libertad a Omega… son opiniones estrictamente basada en
derecho relativa a la vía mediante la cual se otorgó dicha libertad”, dijo al
referirse al condenado por golpear a su ex pareja y madre de sus hijos.
Portes estableció, además “tres datos sobre la libertad en virtud del
Habeas Corpus”, el primero de estos que Omega debe ser liberado hoy sin
demoras; el segundo que el Ministerio Público podría apelar la libertad, y por
último que la decisión dada por el tribunal es contraria a la Constitución y
las leyes.
El cantante urbano cumplía cinco años de prisión en la cárcel de La
Victoria, luego de violar el acuerdo que le impuso el Primer Tribunal Colegiado
del Distrito Nacional en el año 2016, cuando le dictó la citada condena,
suspendida en 4 años y cuatro meses.
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