Martín
Adames/LD
Santo Domingo.- El
fallecimiento de un menor enluta de por vida cualquier entorno familiar, más
aun cuando este muere calcinado a causa del incendio en una vivienda que pudo
evitarse si hubiesen estado acompañados, si hubiesen sabido qué hacer, o si
pudieran haber salido de la vivienda.
En lo que va de año al
menos seis menores de edad han muerto calcinados, luego de que se incendiaran
sus viviendas mientras se encontraban solos y encerrados.
En el primer mes del año,
dos niños que estaban solos en casa fallecieron al incendiarse su vivienda por
una vela que fue dejada encendida en el sector Villa Caoba en el municipio de
Villa Hermosa, La Romana. El hecho enlutó a la región este del país.
Los menores Rainer Jiménez
King, de seis años y Daneuris Capellán King, de 2 años, sufrieron quemaduras de
tercer grado en todo su cuerpo que le provocaron la muerte, según informó el
médico legista.
En marzo de este año el
país se volvió a afligir ante la muerte de tres niños a causa de las quemaduras
que recibieron al incendiarse una vivienda en el Tercer Batey de la comunidad
de Muñoz, en Puerto Plata.
Yuleisi Villegas de 5 años
y Johansel Villegas de 7 perdieron la vida durante el fuego, mientras que la
niña Yohary Villegas Marcelino, de 11 años de edad, falleció luego de estar
varios días ingresada en la unidad de quemados del hospital regional José María
Cabral y Báez de Santiago.
Los niños se encontraban
solos en la vivienda, debido a que su madre estaba trabajando en horario
nocturno cuando se habría producido un cortocircuito que provocó el incendio de
la vivienda.
En el mes de abril un niño
de dos años murió y su hermanita de tres años sufrió quemaduras al registrarse
un incendio en su vivienda la noche de este miércoles en el sector Villa
Cerrero, de Higüey, en circunstancias similares a las citadas anteriormente.
Estos son los casos producidos en lo que va de año, por lo que se hace
necesario cuestionar que se puede hacer para evitar este tipo de tragedias.
Recomendaciones
de bomberos
Rafael Rosario, intendente
del Cuerpo de Bomberos del Distrito Nacional, quien considera como “un grave
error” dejar a niños solos y encerrados con velas o lámparas encendidas.
El especialista explicó
que ante la necesidad de tener que encender velas ante la falta de energía
eléctrica, aun haya adultos en la casa estas deben ser colocadas alejadas de
los combustibles y objetos inflamables que hayan en el hogar.
Detalló que el
hacinamiento, y los materiales de construcción que utilizan las clases más
empobrecidas (madera), tienen mayor probabilidad de la ocurrencia de estos
casos.
Asimismo desertó sobre el
peligro del viento y las velas, el cual funciona como combustible para la
pequeña llama, o puede empujar un material inflamable hacia ella, lo que
serviría como causa inicial de un gran incendio.
También resaltó que otra
de las causas más comunes en incendios de viviendas es la utilización de
conductores (cables) eléctricos no
adecuados para el voltaje o amperaje que van transportar, por lo que recomienda
verificar que el estado de los mismo eléctrica están aptos y en buen estado
para el voltaje del hogar.
Cuidado
de niños
La fundación Child Welfare
(bienestar infantil), que se dedica a promover la seguridad, y bienestar de los
niños, en su texto “Los hijos solos en casa”, además de la edad y la madurez,
su hijo tiene que tener ciertas habilidades y destrezas para poder quedarse
solo en casa y fuera de riesgo, ante la necesidad de tener que hacerlo eventual
y momentáneamente.
Asimismo, el texto plantea
el niño o la niña debe saber qué hacer y a quién contactar en caso de una
emergencia, manteniendo esta información
escrita y guardada en un lugar fácilmente accesible, incluyendo los números
telefónicos de los organismos de emergencia.
Sin
antecedentes
Un equipo de Listín Diario
se trasladó a la Procuraduría General de la República a buscar algún
antecedente de una investigación o sentencia condenatoria hacia padres que de
manera negligente dejaron a sus niños solos y resultaron quemados al
incendiarse su casa, pero no fue posible conocer al menos un caso a nivel
nacional.
Se recuerda que el
artículo 19 de La Convención Internacional de Los Derechos del niño plantea que
los niños y niñas deben ser protegidos de toda forma de perjuicio o abuso
físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación.
La
Ley
El Código para el Sistema
de Protección y los Derechos Fundamentales de Niños, Niñas y Adolescentes, en
su artículo 68 sobre Deberes del Padre y la Madre establece que “en toda
circunstancia, el padre y la madre están obligados a prestar protección y supervisión
a sus hijos”.
Asimismo, el artículo 69 sobre responsabilidad parental
plantea que “el padre y la madre, mientras ejerzan la autoridad parental, se
presumirán solidariamente responsables de los daños causados por sus hijos
menores que habiten con ellos. A tal efecto, bastará que el acto dañoso de los
hijos constituya la causa directa del perjuicio sufrido por la víctima,
independientemente de toda apreciación moral sobre el comportamiento de los
hijos o de los padres”.
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