“Fallo
emitió Moscoso Segarra ha sido el más criticado, pero el menos leído”
SANTO DOMINGO, RD.- En
relación a las críticas que se han vertido sobre el auto de no ha lugar emitido
por el juez Alejandro Moscoso Segarra, Pedro Balbuena, uno de los abogados del
senador Félix Bautista, manifestó que “esta era la decisión judicial más
criticada, pero la menos leída”, y que como ejemplo cita al Quijote de la
Mancha, obra que muchos citan por sus frases célebres, sin haberla leído.
“…hay que delimitar el
ámbito de las decisiones judiciales, de lo que son los actos políticos
propiamente dichos, o sea, el poder político se maneja con métodos totalmente
distintos a la justicia, porque las decisiones de los jueces no valen por
autoridad, sino por fundamentación”, explicó Balbuena.
Dijo, al acudir este
viernes junto al abogado Ramón Núñez al programa Tu Derecho a Saber, que lo que
hace que una decisión judicial sirva o no sirva, son las razones que el juez
pueda ofrecer en apoyo de esa decisión.
Agregó que “toda la
crítica en este caso parte de cuestiones que no tienen que ver con las razones
que emitió el juez para dictar el fallo en el sentido que lo dio y por esto,
las protesta que han habido tienen más que ver con creer que la justicia debe
responder a lo que un grupo cree, y no a las razones, ni a las evidencias, ni a
las discusiones de naturaleza jurídica que se puedan presentar en un momento determinado”.
“Por eso el abordaje de la
fundamentación de la decisión es el aspecto más importante en este caso, porque
aun para aquellos que dicen que se trató de una cuestión política, la mejor
manera de desmontar en términos de argumentos, si la decisión es política o no,
es destruyendo la fundamentación jurídica de la decisión”, manifestó el
jurista.
Explicó que “el auto de no
ha lugar tiene por fundamento que en el curso de esa investigación que mal hizo
el Ministerio Público, se valió de artimañas y de mecanismos que son
sancionados por la Constitución y por las leyes con la inadmisibilidad de las
pruebas”.
Manifestó que “el fiscal
se valió de pruebas ilegales, o sea, recurrió a actuaciones y mecanismos no
previstos en la ley para proveerse de información y así perjudicar a los
procesados.
“Pero lo que es peor, es
que en el caso de quien se trata, los delitos que imputaba el Ministerio
Público no existían. El MP imputaba prevaricación, y todo el mundo sabe que es
una infracción que en nuestro sistema jurídico no existe, porque no existe una
descripción de un comportamiento específico”, explicó Balbuena.
Añadió que además, el MP
imputaba desfalco, y sin embargo, el senador Félix Bautista nunca fue preceptor
de fondos públicos, y el desfalco solamente se predica de aquellas personas que
son depositarios de fondos públicos, porque es una forma especial de abuso de
confianza.
“La gente entiende aquí,
mal llevada quizás por muchos malintencionados, que el enriquecimiento es un
delito por sí mismo, pero eso no funciona de esa manera, porque lo que procura
la ley, es evitar que usted cometa un crimen para enriquecerse y posteriormente
disfrute de los bienes que le ha proveído ese comportamiento ilícito”, explicó
el jurista.
No
se puede castigar a un juez porque haya hecho su trabajo
Manifestó que no se puede
castigar a un tribunal o a un juez porque haya hecho su trabajo, ya que la
naturaleza de la función judicial es contramayoritaria, lo que significa que
aunque la totalidad de la población demande la condena de un imputado, el juez
debe acotar eso si es cónsono con las pruebas que fueron presentadas en el
proceso.
Un
juicio instrumentado políticamente
Los juristas Pedro
Balbuena y Ramón Núñez, entrevistados este viernes en el programa Tu Derecho a
Saber, coincidieron en que hay que recordar que este caso empezó en fragor de
la campaña electoral presidencial del 2012, en ese contexto el comando de
campaña del Partido Revolucionario Dominicano (PRD), hizo una denuncia, en la
cual mencionaba una serie de hechos en los que involucraba al senador Félix Bautista, a propósito de su gestión
en la Oficina Supervisora de Obras del Estado (OISOE).
En su intervención, Ramón
Núñez, recordó que a dicha denuncia se sumaron varias organizaciones como la
Convergencia Nacional de Abogados, el movimiento C3, y Adocco y, recordó que el
senador Bautista dirigió una comunicación al procurador general de la
República, pidiendo él mismo ser investigado y luego de varios meses fue
archivado el expediente basado en una investigación.
“No conforme con eso, hubo
unas objeciones al archivo por parte de las organizaciones de la sociedad
civil, pero los que habían iniciado esto, que fue el comando de campaña del
PRD, decidieron no objetarlo, lo que es un dato muy relevante, porque esa
denuncia fue instrumental a la campaña electoral que estaba en curso”, explicó
el abogado Ramón Núñez.
Núñez, recordó además, que
lo importante es que esto llegó a jueces de la Suprema Corte de Justicia como
de la Instrucción Especial y se mantuvo discutiéndose este tema, hasta el punto
de que llegaron a conocer el caso, Víctor José Castellano Estrella, Esther
Agelán Casanovas, sino que la misma sala tuvo ocasión de conocer recursos de
apelación, y lamentablemente para los objetantes y para el Ministerio Público que
se sumó a esas objeciones, a pesar de que era su propio archivo, las decisiones
no fueron favorables.
“Y satisfechos con esto,
violando todos los procedimientos, un buen día, el procurador general de la
República, presentó una acusación sobre la base de la misma historia”,
puntualizó Núñez.
Recordó que frente a las
objeciones de Adocco, Cona y C3, solo en una tuvieron éxito inicial, porque el
juez Castellanos Estrella acogió la objeción, lo que fue apelado por el senador
Bautista y revocado por la sala penal.
Explicó que en las dos
objeciones, la magistrada Agelán Casasnovas, rechazó el archivo, y no conforme
con eso, la contraparte apeló sin tener éxito.
Recordó que un buen día,
sobre la misma historia “esos 17 asuntos, hablaban sobre un avión, de unas
obras de Haití, es la misma historia que está en la acusación, y de eso se celebró una audiencia preliminar
que concluyó con auto de no ha lugar por el magistrado Alejandro Moscoso
Segarra”.
“Y no podría ser de otra
manera, porque hay un principio constitucional que dice que no puede haber
doble persecución, que nadie puede ser penalmente perseguido por una misma
causa”, manifestó.
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