Por CÓRDOBA.
CORRESPONSALÍA
El vínculo afectivo con los animales “trasciende lo
jurídico”, entendieron los magistrados que intervinieron en el juicio por
división de bienes.
A su currículum canino, Bauty -un perro cariñoso, juguetón
y amable con las visitas-, deberá agregarle un dato más: que su caso llegó a la
Justicia cordobesa. Es que hoy al mediodía, la Cámara Primera de Apelación en
lo Civil y Comercial de Río Cuarto, dictaminó que una mujer debe devolverle los
muebles a su ex novio (con quien convivió durante 7 años) pero no el perro ya
que “la relación del perro con sus amos contiene un vínculo afectivo que
trasciende lo jurídico”, indica el inédito fallo judicial.
Bauty es un ejemplar de la raza Basset Hound y tiene 10 años. Cuando L. y G. (los nombres de los actores no trascendieron) se fueron a vivir juntos en 1999, el muchacho llevó el perro y amobló el departamento que la pareja compartió durante 7 años en la calle Mendoza de la ciudad sureña de Río Cuarto, ubicada a unos 200 kilómetros de esta Capital.
La relación no prosperó y G. llevó su reclamo a la Justicia solicitando la restitución de sus bienes y el perro. Pero la Cámara riocuartense le dio la razón a medias ya que si bien los muebles le serán devueltos porque “no pudo comprobarse la formación de una relación de hecho”, Bauty seguirá en propiedad de L., con quien vive desde que la pareja se terminó, allá por 2006, a la fecha.
Bauty es un ejemplar de la raza Basset Hound y tiene 10 años. Cuando L. y G. (los nombres de los actores no trascendieron) se fueron a vivir juntos en 1999, el muchacho llevó el perro y amobló el departamento que la pareja compartió durante 7 años en la calle Mendoza de la ciudad sureña de Río Cuarto, ubicada a unos 200 kilómetros de esta Capital.
La relación no prosperó y G. llevó su reclamo a la Justicia solicitando la restitución de sus bienes y el perro. Pero la Cámara riocuartense le dio la razón a medias ya que si bien los muebles le serán devueltos porque “no pudo comprobarse la formación de una relación de hecho”, Bauty seguirá en propiedad de L., con quien vive desde que la pareja se terminó, allá por 2006, a la fecha.
El vocal Julio Avalos -a cuyo voto adhirieron sus pares Eduardo Cenzano y Rosana de Souza- justificó su decisión en que “la relación del perro con sus amos contiene un vínculo afectivo que trasciende lo jurídico y que, por ende, se resiste a ceñirse a la figura del derecho real de dominio”.
Además, explican que “condenar a la demandada a entregar el perro al demandante, sería susceptible de producirle un grave sufrimiento moral sin beneficio alguno para el accionante, quien, por el tiempo transcurrido, perdió el vínculo que tenía con el animal”.
Por último, concluyen: “Bauty no tiene valor económico alguno, teniendo en cuenta su edad. Siendo ello así, hacer lugar a esa pretensión, implicaría cohonestar (dar apariencia de justo a lo que no lo es) un ejercicio antifuncional del derecho, un abuso que los jueces no deben tolerar”.
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