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Feminicidio. Una propuesta concreta

miércoles, 11 de enero de 2012

Publicado por prensalibrenagua.blogspot.com

Por Félix Bautista
La Enciclopedia Jurídica Latinoamericana define la violencia familiar como “el uso reiterado de la fuerza física, síquica, económica, sexual o estructural de uno de los miembros de la familia sobre los demás, para lograr el control y la hegemonía dentro de ésta, impidiendo su desarrollo armónico y la realización de las potencialidades de sus miembros”.

Esto es válido, en principio. Sin embargo, pueden considerarse además de lo indicado, otros tipos de violencia, como la violencia comunitaria, laboral, docente, institucional, contra la libertad reproductiva, mediática, entre otras.
Es importante, al momento de legislar en materia de violencia de género, integrar todas las modalidades en las cuales se pudieran manifestar estas acciones conductuales, que además de denigrantes, son sinónimo de desintegración familiar.
En países como Costa Rica, Guatemala y España se han aprobado normativas que tipifican el feminicidio y contemplan muchas de estas modalidades, con sus respectivas sanciones. Por ejemplo, Costa Rica tipifica la violencia física, sicológica, sexual y patrimonial con sanciones de 20 a 35 años de prisión, igual a la que se aplica al homicidio calificado, y Guatemala impone una pena de 25 a 50 años de prisión, agravada en función de los medios utilizados.
Como senador, una de mis mayores preocupaciones es legislar y hacer propuestas de leyes oportunas y eficaces, que surjan como una respuesta firme y cierta a los problemas que aquejan la sociedad.
Uno de los principales problemas que enfrentamos es la violencia contra las mujeres y su consecuencia última: el feminicidio. Es por ello que, en el marco de nuestras funciones y con un profundo sentimiento de responsabilidad social, nos embarcamos en la elaboración de un proyecto de ley que pudiera ser un marco regulatorio, efectivo y eficaz que introduzca ampliamente las distintas manifestaciones de la violencia desde una perspectiva de género, tipificando el feminicidio como un delito severamente castigado en la legislación dominicana.
La propuesta se inició con un proceso de consultas y discusión que dio como resultado la conformación de una mesa multisectorial de trabajo, en la cual se encuentran representadas importantes instituciones del Estado y la sociedad civil, todas vinculadas directamente a la problemática de género en el país: la Procuraduría General de la República y su dependencia de Asuntos de la Mujer, Ministerio de la Mujer, Asesores del Poder Ejecutivo en materia de Género, Comisionado de Apoyo a la Reforma de la Justicia, Pro-Familia, Colectiva Mujer y Salud y el Foro de Feministas de República Dominicana; quienes han trabajado de manera ininterrumpida desde octubre de 2011.
La iniciativa se ha elaborado tomando en cuenta los distintos enfoques y perspectivas de cada institución y su experiencia. 
El objeto principal de esta propuesta de ley es  el establecimiento y regulación de las políticas públicas sobre violencia contra las mujeres en razón de su género, definiendo las medidas y responsabilidades en materia de prevención, detección, atención integral y sanción.
Se establece la responsabilidad del Estado como garante de los acuerdos, convenciones y tratados asumidos por el país, en materia de género, los cuales forman parte del bloque de constitucionalidad. Se establece además, la responsabilidad de los servidores públicos por las acciones u omisiones en el ejercicio de sus funciones, al momento de enfrentar una situación de violencia contra la mujer, conforme lo dispone el art. 148 de la Constitución.
Un aspecto de suma importancia contemplado en la propuesta en materia de prevención y articulación de políticas públicas, es el manejo único, consolidado y científico de las estadísticas sobre violencia de género, así como sus efectos y consecuencias.
Se establece un amplio capítulo sobre definiciones que acoge las últimas tendencias en materia de violencia intrafamiliar y de género.
En este sentido, estaríamos a la par de países como Costa Rica y Guatemala, que poseen leyes de esta naturaleza consideradas de última generación en cuanto al respeto y protección de los derechos humanos en general, y de las mujeres en particular, y de otros países como Chile y México en donde se han introducido modificaciones al Código Penal para la tipificación del delito de feminicidio.
La Comisión de Estudios Económicos para América Latina (CEPAL), en su serie Mujer y Desarrollo, establece que los Estados deben superar los obstáculos que impiden la plena implementación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, conocida como “Convención de Belém Do Pará”.
El texto de esta convención obliga a los Estados signatarios asumir una amplia gama de acciones y políticas que se requieren para avanzar contra la erradicación de la violencia contra las mujeres.
Como por ejemplo, abordar la violencia contra las mujeres como un fenómeno independiente y distinto de otras manifestaciones de violencia familiar; mejorar las estadísticas e indicadores y centralizar las informaciones para una mejor evaluación y seguimiento de los casos; mejorar las asignaciones presupuestarias para una efectiva implementación de las estrategias de prevención de violencia; mejorar el acceso a la justicia de las mujeres, con la creación de juzgados especializados con profesionales capacitados, idóneos y sensibles a los derechos humanos de las mujeres.
Incluir a las empresas privadas como actores importantes de la sociedad civil, enmarcado en ámbito de la responsabilidad social empresarial; fortalecer la articulación interinstitucional entre los poderes del Estado, eliminando la duplicidad de funciones y conflictos de mando; mejorar la protección y cuidado a las víctimas en situación de riesgo; mejorar el diseño y aplicación de las políticas preventivas, focalizando el trabajo preventivo en la educación, la niñez y la juventud con un sistema que involucre  las escuelas, los estudiantes, los padres, los profesores y la comunidad; implementar programas de reeducación para hombres agresores, que permitan su rehabilitación conductual y su reinserción social y familiar. Estas sugerencias de la CEPAL fueron consideradas en la propuesta de ley.
Los desafíos son múltiples, urgentes, obligatorios y demandan acciones concretas y responsables para reducir los efectos de un problema que no solo afecta a las mujeres, sino a la sociedad en su conjunto. Fuente: Listín Diario.
El contenido de la propuesta de ley, se hará en una próxima entrega.
El autor es senador por la provincia San Juan.

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