SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, un tribunal del Distrito Nacional impuso tres meses de prisión preventiva, como medida de coerción, contra un teniente coronel del Ejército imputado por la muerte de una joven, en un hecho ocurrido el pasado domingo, 25 de enero, en el parque Mirador Sur del Distrito Nacional.
El juez
Rigoberto Sena, de la Oficina Judicial de Servicios de Atención Permanente del
Distrito Nacional, dispuso que el imputado Samuel Elías Céspedes Valdez cumpla
la medida cautelar en el Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las
Parras.
El imputado
está siendo procesado por la muerte de Licairis Yalibes Díaz Valenzuela, con
quien mantenía una relación sentimental y a quien quitó la vida con un arma de
fuego durante una discusión entre ambos, mientras se encontraban en el referido
parque.
De acuerdo con
la solicitud presentada por la procuradora de corte Santa Matilde Reyes
Valenzuela, titular del Departamento de Asuntos Internos de la Fiscalía del
Distrito Nacional, al lugar acudieron agentes policiales tras recibir la alerta
correspondiente, quienes confirmaron el fallecimiento de la mujer.
El imputado
fue arrestado en flagrante delito, luego de que se le leyeran sus derechos
constitucionales, y fue trasladado al departamento correspondiente para los
fines legales.
El
levantamiento del cadáver de la joven fue realizado por un médico legista del
Instituto Nacional de Ciencias Forenses (Inacif), quien certificó que la causa
de muerte fue una herida provocada por proyectil de arma de fuego, con una
trayectoria incompatible con un hecho accidental, como quiso alegar el
imputado.
El Ministerio
Público señala que, por la trayectoria del impacto que presenta la víctima, se
puede colegir que se trató de un homicidio voluntario. Durante el proceso de
intervención, el arma utilizada fue entregada de manera voluntaria y quedó bajo
custodia de las autoridades.
El Ministerio
Público calificó jurídicamente los hechos como homicidio voluntario, en
violación a los artículos 295 y 304, numeral II, del Código Penal Dominicano.
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