Tribunal acoge pedimento de la Fiscalía del Distrito Nacional contra Gabriel Villanueva Ohnona
SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Los jueces del Segundo Tribunal Colegiado del Distrito Nacional acogieron el pedido del Ministerio Público y condenaron a 20 años de cárcel a Gabriel Villanueva Ohnona por asesinar a Andreea Celea, a quien el imputado lanzó al vacío desde el octavo piso de un hotel de esta capital.
Por
el crimen, ocurrido el 31 de agosto de 2018 en un hotel ubicado en el sector
Bella Vista, el sentenciado deberá pagar, además, una indemnización de RD$5.0
millones a la madre de la víctima, como justa reparación por los daños y
perjuicios, además de cubrir las costas del proceso.
Clarivel
Nivar Arias, presidenta del tribunal, y los jueces Yissell Soto Peña y Deiby
Peguero Jiménez adoptaron la decisión luego de acoger, por ser suficientes para
demostrar el delito, las pruebas presentadas por las fiscales litigantes Magalis
Sánchez y María Silvestre.
Durante
la lectura del dispositivo de la sentencia los magistrados concluyeron que, con
su acción criminal, Villanueva Ohnona violentó los artículos 295 y 309 del
Código Penal Dominicano, los cuales
tipifican el homicidio, la amenaza y la violencia intrafamiliar
agravada, así como la Ley 24-97, sobre Violencia de Género e Intrafamiliar.
En
sus conclusiones, las fiscales Sánchez y Silvestre demostraron que Celea fue
víctima de violencia física, verbal y psicológica, además de lanzarla desde el
octavo piso del hotel.
A la
salida del tribunal, luego del dictamen de la sentencia, Sánchez, quien
encabezó la barra de la Fiscalía del Distrito Nacional, saludó la sentencia y
calificó la decisión de los jueces como “una condena ejemplar”.
“El
tribunal valoró justamente las pruebas aportadas por el Ministerio Público.
Nosotras establecimos que hubo un círculo de violencia que terminó en muerte y
así el tribunal lo valoró de manera correcta, justa y proporcional”, dijo
Sánchez.
“Es
una pena ejemplar”, agregó.
“Esta
es una muestra de que el Ministerio Público está en contra de la violencia y
que perseguirá a los que matan a las mujeres. Basta ya de que las mujeres
mueran en manos de sus parejas o exparejas”, proclamó.
Sostuvo
que la sentencia constituye un ejemplo claro de que el Ministerio Público solo
se debe a la justicia y que quien cometa este tipo de hecho contra las mujeres,
tendrá de frente la justicia y tendrá su condena como ocurrió con el imputado
Villanueva Ohnona.
Durante
el desarrollo del juicio, las representantes del Ministerio Público presentaron
al tribunal pruebas documentales, materiales y periciales para sustentar el
expediente acusatorio con las que demostraron que se trató de un crimen con
hechos probados de violencia de género y homicidio voluntario.
En
la acusación instrumentada por la Fiscalía del Distrito Nacional se establece
que los actos cometidos por Villanueva Ohnona constituyen los tipos penales de
homicidio, violencia de género e intrafamiliar, delitos previstos y sancionados
en los artículos 295, 304 y 309 numerales 1, 2 y 3 literal E, del Código Penal
Dominicano, modificado por la Ley 24-97.
El
condenado deberá cumplir la pena en el Centro de Corrección y Rehabilitación de
San Pedro de Macorís.
La
sentencia será leída de manera íntegra en una audiencia pública fijada para el
15 de abril, a las 9:00 de la mañana, en el Segundo Tribunal Colegiado del
Distrito, en el Palacio de Justicia de Ciudad Nueva.
Dirección
de Comunicación y Prensa/Procuraduría General-Ministerio Público RD
Miércoles,
24 de marzo de 2021.
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