MARVIN DEL CID/Diario Libre
SANTO
DOMINGO 23 de febrero de 2021.- La historia de la relación entre Falcondo y
Loma Miranda tiene ya casi una década y recientemente ha vuelto a tener destaque
en la opinión pública.
En 2012, FALCONDO Xstrata Nickel presentó un estudio de impacto ambiental (EsIA) para la explotación minera en Loma Miranda, que es parte de la concesión que sigue en manos de Americano Nickel, quien es una empresa minera especializada, con un enfoque en la exploración y extracción de níquel en República Dominicana y América.
El
13 de agosto de 2015, Americano Nickel adquirió todas las acciones en
circulación de Glencore Canada Corporation en Falconbridge Dominicana
(Falcondo), luego que una sentencia del Tribunal Constitucional (TC/01167/13),
en 2013, rechazara un recurso de revisión constitucional en materia de amparo,
incoado por la sociedad comercial Falcondbridge Dominicana, S.A., que buscaba
la paralización de los trabajos en Loma Miranda, por tratarse de reservas
naturales en detrimento del medio ambiente, entre otras consideraciones.
Mapa de explitación de Xstrata Nickel en 2012. ( XSTRATA NICKEL.)
El
TC basó su sentencia en varios artículos constitucionales entre los que se
destacan el Artículo 15, que señala que “el agua constituye patrimonio nacional
estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y
esencial para la vida. (...)”. Y el artículo 17, que dice que “los yacimientos
mineros y de hidrocarburos y, en general los recursos naturales no renovables,
solo pueden ser explorados y explotados por particulares, bajo criterios
sostenibles, en virtud de las concesiones, contratos, licencias, permisos o
cuotas, en las condiciones que determine la ley. (...)”.
También
resalta el artículo 66 sobre los derechos colectivos y difusos, que establece
que “el Estado reconoce los derechos e intereses colectivos y difusos, los
cuales se ejercen en las condiciones y limitaciones establecidas en la ley. En
consecuencia, protege: 1) La conservación del equilibrio ecológico, de la fauna
y la flora; 2) la protección del medio ambiente; 3) la preservación del
patrimonio cultural, histórico, urbanístico, artístico, arquitectónico y
arqueológico”.
Además
el TC adoptó iniciativas orientadas a obtener la mejor edificación para
producir un análisis y ponderación, apelando a las evaluaciones y
consideraciones técnicas presentadas y difundidas por el capítulo dominicano
del Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y la Academia de
Ciencias de la República Dominicana, validando que estas no respondían a ningún
tipo de interés particular.
El 7
de noviembre de 2013 el PNUD presento la una evaluación técnica sobre el
estudio de impacto ambiental del proyecto “Explotación Minera de Loma Miranda”.
Según
el PNUD, el objetivo de la evaluación fue realizar un análisis técnico del
Estudio de Impacto Ambiental (EsIA) y los documentos complementarios preparados
por Falcondo, con el fin de ofrecer al gobierno dominicano una opinión técnica,
que permita al Ministerio de Medio Ambiente tomar una decisión fundada y
motivada sobre el otorgamiento de la licencia ambiental solicitada.
“Para
el logro de los objetivos planteados y basados en los principios de las
Naciones Unidas, considerando que ésta debe ser independiente, imparcial, de
amplia difusión y coadyuvante con los procesos de desarrollo sostenible en la
República Dominicana, se estableció una metodología de trabajo que permitiera
la abierta y libre participación de todos aquellos actores que tuvieran un interés
concreto sobre el proceso de aprovechamiento del depósito de ferroníquel en Loma
Miranda”, dice el informe.
El TC tomó en cuenta los resultados finales y
concluyentes de la evaluación, sobre el impacto ambiental que tendría la
explotación minera en Loma Miranda, el cual establece siete puntos importantes:
1.
Los Términos de Referencia son suficientemente amplios para permitir un Estudio
de Impacto Ambiental apropiado. No obstante, se omitieron temas relevantes como
los servicios ecosistémicos y en el tema de riesgos, se consideraron solamente
aquellos referentes a la actividad minera y no a la parte social y biofísica.
(sic)
2.
El Estudio de Impacto Ambiental cumple con los Términos de Referencia. La
empresa presenta un proyecto novedoso, que propone nuevas tecnologías,
especialmente en los aspectos de las áreas de minado, el manejo de sedimentos y
escurrimientos y el proceso de revegetación de áreas afectadas. (sic)
3.
Sin embargo, el Estudio contiene deficiencias en cuanto a la definición del área
de proyecto y su área de influencia, y en cuanto a la conformación de línea de
base de los diversos factores ambientales.(sic)
4.
En los temas de hidrogeología, biodiversidad, aspectos sociales y económicos,
el Estudio es general, incompleto, con carencias en el análisis de la línea de
base, y como consecuencia, deficiente en la identificación y valoración de los
posibles impactos que podría causar la actividad minera.(sic
5.
Se identificaron deficiencias en el análisis de riesgos, y, dado que no fue
solicitado en los Términos de Referencia, no obstante su amplitud, el tema de
los servicios ecosistémicos está ausente del Estudio de Impacto Ambiental.(sic)
6.
En lo relativo a los aspectos sociales, el Estudio no consideró la opinión y el
nivel de aceptación u oposición potencial de algunas comunidades al proyecto.
El impacto identificado en este factor fue considerado bajo a partir de la
suposición de que las comunidades, al conocer que no iba a haber afectaciones,
entenderían los beneficios del proyecto. (sic)
7.
El Plan de Manejo y Adecuación Ambiental es incompleto y no presenta una
propuesta de mitigación para algunos de los impactos.(sic)
La
evaluación del PNUD en el 2013 destaca: “La República Dominicana necesita
reflexionar acerca de la conveniencia de promover la minería como prioridad
para el desarrollo del país. Si bien es indudable que esta actividad puede
generar importantes beneficios económicos, también es cierto que deja
importantes pasivos ambientales y sociales. Al ser un estado insular en
desarrollo, los impactos negativos que inevitablemente ocurren, se deben
mitigar. El PNUD reconoce la importancia que poseen las industrias extractivas
para la economía de los países en desarrollo. En el caso de la República
Dominicana, esta podría ser una alternativa viable en la medida en que el
sector se apegue a los estándares de desarrollo sostenible existentes a nivel
mundial, con un enfoque centrado en las personas y garantizando que los
beneficios generados superen los pasivos ambientales”.
El
alto organismo de la Organización de las Naciones Unidas (ONU) concluye: “Dadas
las deficiencias encontradas en el Estudio de Impacto Ambiental, se concluye
que el Proyecto de Loma Miranda no responde a las exigencias ambientales y
sociales, y por ende, de desarrollo sostenible del país.”
En
2016 el fondo de inversiones Global Special Opportunities (GSOL) y su filial
Americano Nickel Limited (ANL), confirmaron a un medio local, su compromiso de
no incluir a Loma Miranda en el Plan Minero de Falcondo, a menos que el
Gobierno haya concedido “el permiso de Medio Ambiente y la Licencia Social que
garantice la explotación sostenible de los recursos naturales en armonía con el
medioambiente”. Al mismo tiempo de este compromiso, Americano Nickel (Falcondo)
recibió autorización del Ministerio de Energía y Minas para el reinicio de sus
operaciones en los yacimientos de Loma La Peguera, en Bonao, la cual mantiene
hasta la fecha.
En
una visita por parte de Diario Libre a las instalaciones de Falcondo el 12 de
febrero del presente año, Edwin Deveaux, vicepresidente de Falcondo, informó a
Diario Libre que el futuro de Falconbridge Dominicana (Falcondo) en el país
depende, en este momento, del inicio de la explotación en Loma Miranda, ante el
inminente agotamiento de la vida útil del área en la que actualmente opera la
empresa minera.
Además,
aclaró que al área que actualmente explotan le quedarán, a lo sumo, unos cuatro
o cinco años más de producción de ferroníquel, por lo que barajan varias
opciones. La que más peso gana en este momento es acceder al área La Manaclita,
en Loma Miranda. Con ello, podrían ampliar sus operaciones en el país durante
20 años más.
“Dentro
de esa gran área de 46 kilometros cuadrados, hay una pequeña área de 4.6
kilómetros cuadrados. Esa pequeñita área fue la que se propuso de operación, un
área que fue un aserradero en los años 50 por lo que no es un bosque primario”,
dijo el vicepresidente de Falcondo.
Para
explotar el área de Loma Miranda han pedido permisos al Ministerio de Energía y
Minas y al de Medio Ambiente, y están a la espera de los términos de referencia
(TDR), para realizar un nuevo estudio de impacto ambiental y con esto obtener
el permiso de explotación.
La posición del Ministerio de Medio Ambiente
El
ministro de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Orlando Jorge Mera, aseguró
este martes que el Gobierno no le fallará al pueblo dominicano en la protección
de Loma Miranda.
El
funcionario sostuvo que el Ministerio de Medio Ambiente se encuentra estudiando
los antecedentes jurídicos y decisiones que han tomado tribunales con respecto
a la defensa de Loma Miranda.
“Estamos
conscientes de los esfuerzos que han hecho la ciudadanía y movimientos sociales
y religiosos con respecto a Loma Miranda, y en ese sentido nosotros no vamos a
fallarle al pueblo dominicano ni en este tema ni en ningún otro tema que
implique la protección del medio ambiente y nuestros recursos naturales”,
indicó el ministro al ser entrevistado en el programa El Día, de Telesistema
Canal 11.
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