La decisión, que nuevamente desvincula al empresario con actividades ilícitas, toma la autoridad de la cosa irrevocablemente juzgada. En la sentencia se destaca la ausencia de elementos de pruebas suficientes y vinculantes, que permitan subsumir los hechos en la configuración del ilícito penal de lavado de activos que se indilgaba al encartado.
Santo Domingo, 06 de octubre de 2020. La Suprema Corte de Justicia confirmó el
descargo del empresario, Alexis Victoria Yeb, contra quien en primera instancia
se emitió un “no ha lugar” por falta de pruebas que lo vincularan con
actividades ligadas al lavado de activos.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia rechazó el recurso de casación
interpuesto por la Procuraduría
Especializada Antilavado de Activos contra
la sentencia número 502 -01 -2019, dictada por la Tercera Sala de la
Cámara Penal de la Corte de Apelación
del Distrito Nacional el 2 de mayo del 2019, la cual confirma en todas
sus partes el auto de “no ha lugar” a favor de Victoria Yeb emitido por el juez
José Alejandro Vargas, que fungió como magistrado suplente del Segundo Juzgado de la Instrucción del Distrito
Nacional.
La SCJ estableció que el tribunal de alzada hizo una
valoración correcta de las pruebas y que actuó apegado a derecho y al principio
de legalidad, al recordar que se trata de un “auto de no ha lugar” emitido por
un juzgado de la Instrucción sobre el cual ha sido criterio de esa Segunda Sala
y reiterada por el Tribunal Constitucional, que el Juzgado de la Instrucción
debe hacer una valoración armónica y conjunta de todos y cada uno de los
elementos que componen la acusación.
“Por lo que del análisis de todo y cada uno de los
medios de pruebas aportados y que han sido declarados admisibles, no existe uno
solo que permita deducir al tribunal que las actuaciones realizadas por el ciudadano
Alexis Victoria Yeb sean ilegales”, establece
la disposición de la SCJ.
En tanto que
Victoria Yeb adujo que fue
víctima de una tenaz persecución por parte de un sector político
que entendían que para enfrentarlo electoralmente había que fabricarle un expediente y para esa
perversa trama, utilizaron a un Ministerio Público que se ensañó contra él,
sin una sola prueba que lo vincularan con actividades ilícitas.
“Con este fallo de la Suprema Corte de Justicia se
ratifica lo que he dicho desde el inicio del proceso, que nunca he cometido
hechos reñidos con las leyes, porque mis padres desde niño me inculcaron
valores morales y laborales, de ahí se
desprende el éxito obtenido en el mundo de los negocios y de la confianza
crediticia que gozo no solo en el país, sino a nivel internacional”, precisó.

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