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Ministerio Presidencia emitirá nuevos permisos para circular en toque de queda

martes, 1 de septiembre de 2020

Publicado por prensalibrenagua.blogspot.com


Los portadores de permisos vigentes solo deberán imprimir el nuevo, que les será enviado vía correo electrónico

A partir del próximo día 3 de septiembre todas las personas que cuenten con permisos para circular en horario de toque de queda deberán reimprimirlos, puesto que los que fueron emitidos de manera previa ya no serán válidos.

El ministro de la Presidencia, Lisandro Macarrulla, informó que la disposición se adopta con la finalidad de reforzar la seguridad de esas autorizaciones, que se emiten a las empresas que figuran como esenciales dentro del decreto 266-20 que establece el toque de queda así como el 380-20, que lo modificó.

Explicó que, a esos fines, las personas que ya cuentan con los permisos recibirán en los correos electrónicos el enlace para descargar e imprimir los nuevos permisos, que serán los únicos válidos a partir del día 6 de septiembre.

Una vez reciban este correo, contarán con un plazo de 48 horas para imprimir y distribuir el documento entre quienes deban portarlo. En tanto, las solicitudes que están en proceso serán emitidas con el formato actualizado.

En la nueva modalidad los permisos emitidos serán válidos por el tiempo que permanezca el toque de queda, para evitar renovaciones de los que eran emitidos de manera parcial.

Recordó que para obtener el documento, los establecimientos que se encuentren dentro de los autorizados a circular en toque de queda, deben dirigirse a la página www.coronavirusrd.gob.do, ingresar al apartado “solicitar permiso para libre tránsito en toque de queda”, y completar el formulario con los datos que se solicitan.

Si cumplen con los requisitos correspondientes, el o los permisos serán remitidos vía correo electrónico. El establecimiento deberá imprimirlo y entregarlo al empleado correspondiente, que deberá portarlo. Se recuerda  a las empresas que, como máximo, sólo se entregará permiso para el 50% de sus empleados.

En el caso de los ‘deliverys’, que mediante el decreto 380-20 fueron autorizados  a brindar servicios a domicilio de alimentos cocidos hasta las 11:00 p.m., se recuerda que cada persona autorizada debe portar el  permiso, estar debidamente identificados y encontrarse realizando sus labores.

En el caso de los repartidores que pertenecen a compañías independientes como Hugo, Uber Eats, Globo, Pedidos Ya y otros similares, éstos deben tener visible la identidad de la empresa a la que pertenecen.

Se recuerda que el toque de queda vigente limita el libre tránsito de lunes a viernes de 7:00 p.m. hasta la 5:00 a.m., y los sábados y domingos desde las 5:00 a.m. a 5:00 p.m. en Santo Domingo, Distrito Nacional, Santiago, San Cristóbal, La Vega, Puerto Plata, Duarte, San Pedro de Macorís, La Romana, San Juan de la Maguana, La Altagracia, Azua, Monseñor Nouel, Sánchez Ramírez y María Trinidad Sánchez.

Mientras que, en horario de 8:00 p.m. a 5:00 a.m., rige para las provincias Espaillat, Peravia, Barahona, Monte Plata, Valverde, Hermanas Mirabal, Monte Cristi, Samaná, Bahoruco, Hato Mayor, El Seibo, Dabajón, Santiago Rodríguez, San José de Ocoa, Elías Piña, Independencia y Pedernales.

Edwin L. Gómez/Periodista


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