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QUE ES EL ESTADO DE EMERGENCIA O DE EXCEPCIÓN

martes, 28 de abril de 2020

Publicado por prensalibrenagua.blogspot.com

Por Jhon Veras
El estado de emergencia o de excepción es uno de los regímenes de excepción que puede dictar el gobierno de un país en situaciones excepcionales.
Este estado de emergencia se dicta, generalmente, en caso de perturbación de la paz o del orden interno de un Estado, ya sea a consecuencia de catástrofes, brotes de enfermedades contagiosas, graves circunstancias políticas o civiles que afectan e impiden la vida normal de una comunidad, región o país.

Durante este llamado régimen de excepción, el gobierno hace la función de hacer reserva del poder de restringir o suspender el ejercicio de algunos derechos ciudadanos en virtud de la defensa o seguridad nacional.
Los derechos que se pueden restringir son:
        Libertad de tránsito
        Libertad de reunión
        Inviolabilidad de las comunicaciones
        Inviolabilidad del domicilio
        Cierre total o parcial de actividades comerciales
Entre otros.
La emergencia nacional concede poderes especiales y temporales al presidente de la República para manejar una crisis que amenaza al país y exige una respuesta inmediata, se puede decir que puede gobernar vía decretos durante este periodo.
 QUE DICE LA CONSTITUCIÓN DOMINICANA SOBRE ESTO:     
El artículo 262 de la Constitución indica que existen tres estados de excepción, que son aquellas situaciones extraordinarias que afecten gravemente la seguridad de la Nación, de las instituciones y de las personas frente a las cuales resultan insuficientes las facultades ordinarias. El presidente de la República, con la autorización del Congreso Nacional, podrá declarar los estados de excepción en sus tres modalidades: Estado de Defensa, Estado de Conmoción Interior y Estado de Emergencia.
El caso del coronavirus, que amenaza la salud de la población, entra en esta categoría.
Desde la Constitución de 2010, que incluyó la declaratoria de emergencia, entre los estados de excepción, el presidente de la República está obligado a buscar la aprobación del Congreso Nacional para hacerlo.
En nuestro país ya es conocido que el presidente Danilo medina solicito al Congreso Nacional la declaratoria de emergencia nacional ante el coronavirus en el país,
Es bueno aclarar que el Estado de Emergencia, podrá declararse cuando ocurran hechos que perturben o amenacen en forma grave e inminente el orden económico, social, medioambiental del país, o que constituyan calamidad pública, como lo es el caso del coronavirus Covid-19.
CUALES PASO DEBE SEGUIR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLIA PARA DECLARAR UN ESTADO DE EMERGENCIA¬?.
El artículo 266 de la Carta Magna explica que en todos los estados de excepción se someterán a las siguientes disposiciones:
1) El Presidente deberá obtener la autorización del Congreso para declarar el estado de excepción correspondiente.
2) Mientras permanezca el estado de excepción, el Congreso se reunirá con la plenitud de sus atribuciones.
3) Todas las autoridades de carácter electivo mantienen sus atribuciones durante la vigencia de los estados de excepción.
4) Los estados de excepción no eximen del cumplimiento de la ley
5) La declaratoria de los estados de excepción y los actos adoptados durante los mismos estarán sometidos al control constitucional.
El presidente de la república podrá solicitar prorroga del estado de emergencia, siempre y cuando las causas que provocaron el mismo continúen o sean más graves. este deberá solicitarle al congreso su aprobación. El tiempo de la prorroga no podrá exceder al tiempo establecido por la constitución de la república.
Este es nuestro caso, el presidente ya ha solicitado dos prórrogas para continuar el estado de emergencia, ya que según los datos ofrecidos por el ministerio de salud pública dicen claramente que la cantidad de infectados por el covid-19 va en aumento cada día, es decir aun las causas que originaron el estado de emergencia están activas. 
Una vez cesados terminados los motivos o causas del estado de emergencia el presidente anunciara su levantamiento.

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