EN NAGUA SUCEDE
ABSOLUTAMENTE TODO LO CONTRARIO.
QUIEN SE ANIMA A SER
EL PRIMERO EN DEFENDER "LA PATRIA"
HE AQUÍ LO QUE DEBEN
HACER.
QUIEN SE COMPROMETE?
CONCEJALES Y LABOR
FISCALIZADORA
POR HORACIO MATA
ESTEVEZ
La ley Orgánica de Municipalidades señala que en cada una
habrá un concejo de carácter normativo, resolutivo y fiscalizador, encargado de
hacer efectiva la participación de la comunidad local y de ejercer las
atribuciones que señala esta ley.
El Concejo, órgano integrante del municipio, está
facultado para que actuando como cuerpo colegiado ejerza las facultades
fiscalizadoras sobre determinadas materias, debiendo manifestar su voluntad
mediante acuerdos adoptados con los quórum legales y en sala legalmente
constituida.
En el cumplimiento de esta función, el concejo se
encuentra facultado para:
-Fiscalizar el cumplimiento de los planes y programas de
inversión municipales.
- Fiscalizar la ejecución del presupuesto municipal.
- Fiscalizar las actuaciones del alcalde y formularle las
observaciones que le merezcan.
- Poner en conocimiento de la Contraloría General de la
República los actos u omisiones y resoluciones del alcalde, que estime
ilegales.
- Denunciar a los Tribunales Ordinarios de Justicia los
hechos delictivos cometidos por el alcalde.
- Citar o pedir informe a los organismos o funcionarios
municipales cuando lo estime necesario para pronunciarse sobre materias de su
competencia.
-Solicitar informe a las entidades que reciban aportes
municipales.
-Fiscalizar las unidades y servicios municipales.
- Examinar, trimestralmente, el programa de ingresos y gastos
del municipio.
Al concejo le corresponde también evaluar la gestión del
alcalde, especialmente para verificar que los actos municipales se hayan
ajustado a las políticas, normas y acuerdos adoptados por el concejo, en el
ejercicio de sus facultades propias.
Una tema de mucha importancia, que ha de tenerse siempre
presente es el hecho de que las diferentes acciones de fiscalización deberán
ser acordadas dentro de una sesión ordinaria del concejo y a requerimiento de
cualquier concejal.
Contratación de Auditorias:
-
Auditoría
externa que evalúe la ejecución presupuestaria y el estado de situación
financiera del municipio.
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