El Tribunal Constitucional (TC) se reservó este viernes el
fallo sobre una acción de inconstitucionalidad del exministro de Obras
Publicas, Víctor Díaz Rúa, contra del artículo 85, párrafo III del Código
Procesal Penal, el cual da calidad a cualquier ciudadano para querellarse
contra los funcionarios públicos.
Los jueces del tribunal luego de oír las conclusiones del
doctor Juan Antonio Delgado, abogado de
Díaz Rúa, del procurador adjunto Ricardo Taveras y del representante legal de
la Cámara de Diputados, otorgó un plazo de un día a cada una de las partes,
para el depósito del escrito ampliatorio
de conclusiones y dejó el caso en estado
de fallo.
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