El juez de la Corte de Apelación del Departamento Judicial
de Montecristi, César M. Sánchez de los Santos,
fue destituido por el Consejo del Poder Judicial por haber cometido
faltas graves en el ejercicio de sus funciones, informó hoy la entidad.
La decisión del CPJ fue adoptada luego de haberse agotado
varias audiencias.
Según la sentencia, Sánchez de los Santos fue imputado
por:
1. Pretender adquirir un vehículo costoso, sin justificar
la procedencia del dinero para su
compra.
2. Obtener préstamos personales con entidades bancarias,
sin participarlo a la Suprema Corte de
Justicia.
3. Conocer dos expedientes del Banco de Reservas,
teniendo compromisos con esa institución
bancaria.
4. Impartir docencias, en la Universidad Tecnológica de
Santiago, (UTESA) recinto Santo Domingo y Dajabón, en horario martes y viernes de 8:30 p.m. a 10:00 p. m, y los
sábados de 2:30 p. m. a 5:30 p.m., en el periodo mayo/agosto 2009, en horario
martes y jueves de 1:00 p. m. a 4:00 p.
m,, sin permiso de sus superiores.
5. Presentar varias licencias médicas innecesarias.
6. Ausentarse del trabajo durante siete (7) días, sin
ninguna autorización y justificación y
sin comunicarlo, lo que equivale a un abandono
de trabajo.
7. Exhibir una conducta sospechosa, consistente en ejercer
tráfico de influencias con otros
magistrados y proponeles la comisión de
prácticas corruptas, con el objetivo de favorecer a personas poderosas, entre ellos al banquero Leonel
Almonte Vásquez, a la empresa Molinos Sureños C. Por A., y en otros casos
importantes.
8. Tratar presuntamente de corromper a otros jueces, entre
ellos al magistrado Mateo Céspedes
Martínez, Juez de la Cámara Civil,
Comercial y de Trabajo del Juzgado de Primera Instancia de San Juan de la Maguana.
9. Extorsionar a la compañía Montecristi Cablevisión C x
A, con la suma de Cien Mil Pesos
Dominicanos (RD$100,000.00), con el
objetivo de favorecerle con una sentencia, de conformidad a la denuncia presentada ante su despacho por el
Dr. Fausto Rafael Vásquez, (a) Querubín,
en fecha 19 de noviembre del 2010, en su
condición de abogado de la Empresa Montecristi Cablevisión, en el proceso civil que cursó ante la Corte de
Apelación del Departamento Judicial de
Montecristi, y que culminó con la
sentencia civil Núm. 235-10-00063, de fecha once (11) del mes de octubre del año 2010.
10. Contactar por medio a otra persona y por vía
telefónica a Álvaro A. Morales Rivas, Abogado de la empresa Marítima
Dominicana, S.A., y supuestamente extorsionarle con relación al expediente Núm.
235-10-00251.
Según la Resolución Núm. 02-2013, de fecha 4 de abril de
2013, el juez Sánchez de los Santos fue hallado culpable de violación a los
artículos 41, numerales 2 y 3; 44, numerales
2, 4, 5 y 7; 45, numeral 1 y el 66, numerales 1, 2, 4, 10 y 11, de la Ley
327−98, de Carrera Judicial; los artículos 44, 80 y 82, del Código
Iberoamericano de Ética Judicial; y los numerales 2, 5, 6, 7, 8, 21 y 24, del
Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial Dominicano.
La Resolución fue
adoptada por el Consejo del Poder Judicial en el marco de las atribuciones que
le confieren, tanto la Constitución de la República como la ley. En efecto:
1).- Según el
numeral 3 del artículo 156 de la Constitución, son funciones del Consejo del
Poder Judicial, entre otras: “El control disciplinario sobre jueces,
funcionarios y empleados del Poder Judicial, con excepción de los integrantes
de la Suprema Corte de Justicia.
2).- Según el
artículo 3 de la Ley Núm. 28-11, Orgánica del Consejo del Poder Judicial: …En el ejercicio de sus facultades de máximo
órgano disciplinario del Poder Judicial, el Consejo del Poder Judicial es el
responsable de determinar el nivel de responsabilidad y de aplicar las
sanciones correspondientes a los jueces del Poder Judicial, con excepción de
los Jueces de la Suprema Corte de Justicia, por la comisión de faltas en el
ejercicio de sus funciones, así como de los funcionarios y empleados del Poder
Judicial.
Fuente. El Caribe
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