LA CONVERGENCIA
NACIONAL DE ABOGADOS ALEGA QUE LA MAGISTRADA “TIENE FUERTES VÍNCULOS CON EL
SENADOR FÉLIX BAUTISTA, Y NO LES GARANTIZA IMPARCIALIDAD”
Santo Domingo.- El Pleno de la Suprema Corte de Justicia rechazó la
recusación hecha por la Convergencia Nacional de Abogados, presidida por Yuniol
Ramírez Ferreras, contra la magistrada Esther Agelán Casasnovas por presunta
parcialidad, tras disponer que la jueza se mantenga apoderada para conocer la
objeción al archivo provisional del caso del senador Félix Bautista.
Los jueces basaron su decisión en que los alegatos
invocados por los querellantes y que fundamentan su recusación no figuran entre
los motivos establecidos en el artículo 78 del Código Procesal Penal para la
recusación y la inhibición de un juez.
Los demandantes alegan en su objeción que Agelán
Casasnovas “tiene fuertes vínculos con el senador Félix Ramón Bautista Rosario,
y no les garantiza imparcialidad”.
La decisión fue tomada por los magistrados Mariano Germán
Mejía, presidente del Pleno y los jueces Julio César Castaños Guzmán;
Miriam Germán Brito; Manuel Ramón Herrera Carbuccia; Víctor José Castellanos
Estrella; Edgar Hernández Mejía; Martha Olga García Santamaría; Fran Soto;,
Alejandro Moscoso Segarra; Juan Hirohito Reyes Cruz; Robert Placencia Álvarez y
Eduardo Sánchez Ortiz.
El artículo 20 de la Ley Orgánica de la Suprema Corte de
Justicia establece que la recusación de uno o varios jueces de ese organismo,
debe ser conocido por el Pleno.
La decisión del Pleno también dispone notificar la
resolución al procurador general de la República, Francisco Domínguez Brito.
Listin Diario.
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