Por: El Día
SANTO DOMINGO.- El Consejo del Poder Judicial desvinculó
del Poder Judicial a dos alguaciles ordinarios por haber efectuado embargos
ilegales en virtud de actas de audiencias que no constituían títulos
ejecutorios y sin realizar los trámites de rigor para el uso de la fuerza
pública.
Los ministeriales destituidos, luego de conocérseles sus
respectivos juicios disciplinarios, son Daniel Estrada, alguacil ordinario de la Novena Sala de la Cámara Penal del
Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, y Pablo Nelson Camilo,
alguacil ordinario de la
Cámara Civil y Comercial de la Corte del Departamento
Judicial Santo Domingo.
El CPJ tomó la medida en su sesión celebrada el 18 de
junio de este año, según hace constar en su acta número 28-2012.
El Código de Comportamiento Ético del Poder Judicial
define el Principio de Credibilidad como “cualidad percibida por los demás,
compuesta por dos elementos claves: la fiabilidad y la profesionalidad, en la
que se exprese e irradie a través de sus actuaciones los valores y principios
éticos en cumplimiento de la normativa para generar confianza del usuario y del
ciudadano”.
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