Reynaldo
Hernandez Rosa
San
Francisco de Macoris.- Un abanico
de interrogantes se maneja en los
corrillos jurídicos y
politicos ante el desistimiento
que hicieran tres funcionarios del
gobernante Partido de
Liberacion Dominicana, PLD, a la
querella contra José Ángel Gómez
Canaán (Jochi), acusado de extorsión, robo de identidad y “hackeo” a las
cuentas de 44 correos electrónicos, entre ellos Felix Jimenez, felucho,
Ignacio Ditren y Temistocles
Montas, los cuales acogieron el
articulo 124 del Codigo Procesal
Penal, CPP.
El mismo
establece que ¨¨ el
actor civil puede
desistir expresamente de su acción ,
en cualquier estado
del procedimiento…..¨¨
Ahora bien,
llama la atención
que luego que
el Juzgado de Atención
Permanente del Distrito
Nacional, que preside
el magistrado Alejandro Vargas, dictaminara como medida
de coerción la prisión
preventiva del imputado, dado los
meritos de la misma, empero,
los funcionarios gubernamentales dieran
a conocer a
través de su defensa
el desistimiento a la
acusación.
Incluso, el
magistrado juez, Alejandro
Vargas, entrevistado en la sede
del Palacio de Justicia, en
ese entonces, pondero y
valoro el expediente,
afirmando que era
uno de los mejores sustentados en los meses
recientes, dado las evidencias, rastreos e investigaciones realizadas
por el Ministerio Publico
estando al frente
de ese tribunal.
El
desistimiento o retiro de
querella, el cual
se consagra el
desinterés manifestado por el
querellante de dejar sin efectos
jurídicos la querella interpuesta, es la
razón esencial del
por que de la
misma, máxime , si la
misma, la acusación, gozaba de
fundamentos para un juicio de fondo.
No obstante,
podrían argumentarse varias
razones para la misma, esto, si partimos
de lo que
expresa el articulo 124
del CPP, cuando expresa ¨¨que
la acción se considera tácitamente
desistida, cuando el actor civil no concreta su pretensión
oportunamente o cuando sin justa
causa, después de ser
debidamente citado: no comparece
a prestar declaración …..No comparece
a la audiencia preliminar…..No comparece
al juicio , se retira
de la audiencia o no
presenta conclusiones¨¨
Ningunas
de estas circunstancias se
presentaron para tal
desistimiento, es decir,
los actores civiles o querellantes, luego que
la acusación encontrara
meritos suficientes para
ir a un juicio, voluntariamente, dieron a conocer su
desistimiento, es decir,
su desinterés en el
caso, esto , a través
de su abogado.
¿ Por
qué ?
Según el documento que fundamenta la
acusación , Montas, Jiménez y Ditrén tenían creados sus correos
personales e institucionales protegidos
con su clave de acceso, pero fueron vulnerados por Gómez Canaán.
“A que de manera ilícita, en franca violación a
las disposiciones legales, los equipos informáticos alojaban las informaciones
del PLD y a los correos electrónicos de Montás, Jiménez y Ditren fueron
vulnerados y se accedió ilícitamente a los archivos informáticos por parte de
piratas hackeadores”, explica la querella.
En la querella en cuanto a lo penal, el PLD
solicita al tribunal que acoja la acusación contra Gómez Canaán por violación
de la ley 53-07 de crímenes y delitos de alta tecnología.
La querella está firmada por el secretario
general Reinaldo Pared Pérez, y las víctimas Temístocles Montás, Ignacio Ditrén
y Félix Jiménez.
Hasta ahí,
todos los pasos dado por la
defensa de los afectados
vaticinaba que el
expediente acusatario encontraría fundamentos en un juicio,
por lo que, se intuye, en
tanto, que los
abogados del imputado habrían encontrado
informaciones, datos,
evidencias, de otros
ilícitos, tal vez, encontrados
en las cuentas, correos de los
querellantes.
La
interrogante entonces, ¿ que informaciones referentes a los
tres querellantes se hallaron
en el expediente acusatorio, que
amen, de
no ser el norte de la
investigación, por la que el imputado
ya cumplia la medida
de coerción, prisión preventiva,
se podrían ventilar en el juicio
que de seguro se
conocería, si tomamos como premisa,
que las evidencias contra el procesado
determinaban serios indicios
para una condena?
¿ Que
informaciones empezarían a filtrar
los abogados del
imputado, Jochy Gomez, en
torno a datos, evidencias, por menores,
etc, encontrados en las
pesquisas a los correos electrónicos, cuentas, mensajes de
los tres prominentes
y millonarios funcionarios y dirigentes
del PLD?.
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